


La Securities and Exchange Commission ha recurrido históricamente al test de Howey para determinar si los tokens de criptomonedas deben considerarse valores, pero este marco resulta cada vez menos adecuado para clasificar activos digitales. En noviembre de 2025, el presidente de la SEC, Atkins, impulsó un cambio relevante hacia una taxonomía basada en la función, que evalúa los tokens según su realidad económica, su funcionamiento, los derechos que otorgan y las expectativas del mercado, en lugar de aplicar una definición única de valor. Este planteamiento reconoce que un token clasificado inicialmente como valor puede dejar de serlo si su funcionalidad evoluciona, lo que abre vías para adaptar el cumplimiento normativo, una perspectiva bien recibida por muchos actores del sector de activos digitales.
No obstante, este cambio genera una notable incertidumbre en la clasificación, ya que los estándares regulatorios permanecen fragmentados entre distintas agencias federales de EE. UU. La SEC, la CFTC, FinCEN, el IRS y la OCC mantienen definiciones superpuestas y, a menudo, contradictorias sobre los tokens de criptomonedas, lo que complica el cumplimiento para emisores y operadores. El Congreso ha intentado intervenir mediante propuestas legislativas como la Ley CLARITY, que busca definir categorías de activos de criptomonedas y clarificar la competencia regulatoria. Al mismo tiempo, el Grupo de Trabajo Presidencial sobre Mercados de Activos Digitales ha promovido la armonización mediante normativas coordinadas y expectativas de supervisión conjunta. A pesar de los avances, los proyectos de tokens siguen sin saber con certeza qué organismo tiene la jurisdicción principal ni qué criterios de cumplimiento prevalecerán, especialmente en el caso de tokens híbridos que no encajan en las categorías actuales.
Los proyectos de tokens que operan en varias jurisdicciones deben afrontar exigencias regulatorias muy diferentes, ya que MiCA y FIT21 establecen marcos de cumplimiento divergentes. En la Unión Europea, la aplicación plena de MiCA obliga a los proveedores de servicios de criptoactivos a obtener licencias de los reguladores nacionales, mientras que los emisores de tokens deben publicar libros blancos detallados y mantener reservas suficientes antes de marzo de 2026. Los custodios de Electronic Money Token deben además cumplir con requisitos adicionales bajo la Directiva de Servicios de Pago, duplicando así los costes de cumplimiento para proveedores de stablecoins. El enfoque estadounidense, reflejado en FIT21, es más segmentado: la SEC supervisa la emisión de tokens mediante exenciones para la innovación, mientras la CFTC se encarga de los commodities digitales, instaurando así una supervisión paralela en vez de unificada. La clasificación de los tokens también difiere de forma significativa: MiCA considera los stablecoin como e-money tokens con obligación de respaldo del 100 % en reservas, mientras FIT21 prioriza el cumplimiento bancario para stablecoins respaldadas por USD, con especial atención a las medidas contra el blanqueo de capitales. Esta fragmentación obliga a los proyectos de tokens a mantener infraestructuras de cumplimiento, estándares de transparencia y procedimientos operativos separados según el mercado objetivo. Los proyectos enfocados en usuarios europeos deben cumplir con los exigentes requisitos de licencia y transparencia de MiCA, mientras que los dirigidos a EE. UU. se adaptan al marco FIT21, neutral en cuanto a la tecnología pero en constante evolución. La falta de estándares globales armonizados implica que el despliegue internacional de tokens requiere una importante inversión legal y operativa, lo que supone barreras para los proyectos sin recursos institucionales y puede desplazar la innovación hacia mercados menos regulados.
Los protocolos descentralizados están bajo una presión sin precedentes para implantar exigentes requisitos AML/KYC, a pesar de su arquitectura intrínseca. En 2026, autoridades nacionales AML y organismos financieros internacionales han fijado que los proveedores de servicios de activos digitales deben cumplir estándares de nivel bancario: monitorización total de las transacciones, aplicación de la Travel Rule y exhaustivo control de sanciones. Estas exigencias crean una tensión de fondo: la mayoría de protocolos descentralizados funcionan sin intermediarios centrales, aunque los marcos normativos suelen exigir puntos claros de responsabilidad para la verificación de identidad del cliente y la gestión de identidades.
Las barreras técnicas y de gobernanza son notables. La aplicación convencional de AML/KYC depende de bases de datos centralizadas y procesos de verificación, mientras que los protocolos descentralizados distribuyen el control entre redes y comunidades. Implementar controles de identificación del cliente obliga a equilibrar las exigencias regulatorias con la descentralización, un reto que las estructuras de gobernanza y los procesos de decisión comunitarios aún no han resuelto de forma eficaz. Los enfoques de cumplimiento basados en el riesgo, defendidos por los reguladores como más flexibles, siguen exigiendo capacidad para identificar clientes y monitorizar transacciones en busca de patrones sospechosos que obliguen a reportar a las autoridades.
La crisis de RIVER y las sanciones resultantes han impulsado estrategias de cumplimiento centradas en la resiliencia. Los protocolos más avanzados entienden ya que el cumplimiento es una ventaja competitiva y no solo una carga. Las implementaciones exitosas combinan análisis forense en cadena, monitorización por IA y participación activa en iniciativas regulatorias sandbox. Sin embargo, el reto de fondo persiste: lograr una plena alineación regulatoria sin sacrificar los principios descentralizados sigue siendo la gran paradoja del ecosistema en 2026.
Los inversores institucionales llevan años exigiendo marcos regulatorios claros antes de destinar grandes volúmenes de capital a activos digitales, y los desarrollos recientes confirman que esta tendencia está transformando la valoración de mercado. Analistas de Goldman Sachs, liderados por James Yaro, han demostrado que la regulación clara permite la entrada tanto de instituciones financieras compradoras como vendedoras, desplazando las criptomonedas del trading especulativo hacia una integración más profunda en pagos, liquidaciones e infraestructura financiera. La Clarity Act estadounidense ejemplifica esta tendencia al resolver los conflictos de jurisdicción entre SEC y CFTC, eliminando la ambigüedad que antes frenaba a los grandes asignadores de capital.
La claridad regulatoria se traduce en patrones de adopción institucional medibles. Los datos muestran que el 74 % de los family offices y el 55 % de los hedge funds ya invierten en activos de criptomonedas, impulsados sobre todo por la mayor seguridad normativa y el crecimiento de las stablecoins en entornos regulados. Cuando las instituciones confían en el entorno normativo, especialmente a través de marcos que abordan requisitos de custodia, obligaciones de doble reporte y estándares de integridad de mercado, los flujos de capital aumentan significativamente. La valoración de mercado refleja esta confianza: las jurisdicciones con reglamentos sólidos muestran de forma consistente mayores entradas institucionales y mayor estabilidad de precios frente a aquellas con regulación ambigua.
La tokenización de activos refuerza aún más este efecto. Cuanto más claros sean los marcos sobre clasificación y obligaciones de cumplimiento, más rápida será la adopción institucional, ya que los activos tokenizados resultan aptos para canales bancarios y de gestión de activos regulados. El efecto entre adopción institucional y regulación es un círculo virtuoso: reglas claras atraen capital institucional, la participación valida la infraestructura y la valoración se consolida. Así, la certeza normativa actúa como catalizador de la entrada institucional genuina y la madurez del mercado en 2026 y más allá.
En 2026, la UE aplica el marco MiCAR con reservas 1:1 obligatorias. EE. UU. refuerza la supervisión de la SEC sobre los atributos de los tokens. Singapur adopta una regulación equilibrada basada en el riesgo. El endurecimiento normativo global se acelera.
Las stablecoins afrontan un fuerte escrutinio regulatorio, requisitos estrictos de reservas (normalmente del 100 %), obligaciones de lucha contra el blanqueo y un estatus legal ambiguo según la jurisdicción. Los elevados costes de cumplimiento reducen sus ventajas, mientras que la descentralización complica la rendición de cuentas y puede facilitar la elusión de controles de capital.
Deben implantar procesos robustos de verificación de identidad y diligencia debida, monitorizar transacciones de forma permanente, reportar actividades sospechosas con rapidez y mantener una documentación de cumplimiento exhaustiva para satisfacer las exigencias regulatorias.
EE. UU. considera la mayoría de tokens como valores bajo estricta supervisión. La UE cuenta con regulación unificada a través de MiCA. Los países asiáticos presentan enfoques variados, desde modelos progresistas hasta restrictivos según la jurisdicción.
Los proyectos de tokens se enfrentan a riesgos de cumplimiento con la legislación de valores, conflictos regulatorios internacionales y retos KYC/AML. La incertidumbre normativa y la posible calificación como valores exigen cumplir la normativa local para evitar sanciones.
Un token considerado valor debe cumplir la regulación de la SEC; los que no lo son siguen otras reglas. La clasificación determina los métodos de captación, la protección al inversor y el acceso al mercado.
Los tokens DeFi asumen mayores riesgos regulatorios por vulnerabilidades en contratos inteligentes, ausencia de supervisión tradicional y marcos normativos cambiantes. Están sujetos a un escrutinio más riguroso en cuanto a clasificación como valores, cumplimiento de AML y protección al consumidor.
Implantar sistemas sólidos de KYC/AML, marcos de reporte para la SEC y mecanismos de transparencia de auditoría. Adoptar supervisión basada en IA, protocolos de cumplimiento específicos para DeFi y cumplimiento multijurisdiccional para reducir riesgos de sanción y vulnerabilidades operativas.











